La propiedad privada vale más que la vida mapuche

Campamento Mapuche
Matías Schraer

El caso de la comunidad mapuche Lofche Buenuleo muestra uno de los muchos conflictos territoriales en Patagonia. En estos procesos puede verse cómo el sistema judicial privilegia la propiedad privada y a los poderosos en detrimento de la ocupación tradicional indígena. El resultado es la violencia, el racismo y la criminalización sobre las comunidades.

Crónica de un conflicto anunciado

El 10 de septiembre de 2019 la comunidad mapuche Lofche Buenuleo realizó una reivindicación de parte de su territorio comunitario. Los Buenuelo practican la ocupación tradicional en el lote N° 127 de la Colonia Pastoril Nahuel Huapi desde fines del siglo XIX.

Emilio Friedrich es quien dice tener derecho sobre una porción de 90 hectáreas del territorio de la comunidad por haber adquirido, mediante una cesión de derechos, un boleto de compraventa de parte del sr. Claudio Thieck en el año 2009. Tanto este boleto como la cesión de derechos, son documentos cuya validez ha sido cuestionada por la comunidad. Incluso es intrascendente que alguno de sus miembros haya reconocido circunstancialmente la posesión de otro, porque se trata de un derecho irrenunciable desde que el territorio comunitario es inajenable e indivisible según nuestra Constitución Nacional (art. 75 inc 17).

Aquí la causa legítima es la ocupación tradicional de una comunidad indígena preexistente al Estado. En este sentido la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido en el leading case “Mayagna (Sumo) Awas Tingni c/ Estado de Nicaragua”, sentencia del 31/8/01, que: “La posesión tradicional de los indígenas sobre sus tierras tiene efectos equivalentes al título de pleno dominio que otorga el estado…”.

El día de la reivindicación, Friedrich y su “patota” amenazaron con armas de fuego y armas blancas a los miembros de la comunidad. Ellos nunca avisaron a la policía de esta supuesta “usurpación” sino que fueron los miembros de la comunidad quienes debieron convocar al personal policial debido a las amenazas y agresiones que estaban sufriendo.

Ese mismo día se iniciaron dos causas; una en contra de la comunidad por usurpación y otra por las amenazas agravadas sufridas por la comunidad a manos de Friedrich y su grupo. Sin embargo, la fiscalía sólo impulsó la causa de la usurpación. A los cinco días ya había orden de desalojo, mientras que la Formulación de Cargos en la causa por amenazas se hizo recién cinco meses después. Esto muestra a las claras que la fiscalía ha tomado partido, desempeñando incorrectamente su rol en este proceso. La balanza de la fiscalía siempre favorece al grupo de Friedrich incluso, cuando la comunidad es víctima y los de Friedrich acusados.

Desde los hechos del 10 de septiembre de 2019 la comunidad fue constante y persistentemente asediada por el grupo que responde a Emilio Friedrich. Insultos, piedras, disparos, daños y otros tantos hechos se fueron sucediendo en contra de los miembros de la comunidad, sobre todo contra mujeres, niños y niñas. La comunidad realizó más de 10 denuncias en la fiscalía. Ninguna fue impulsada por el Ministerio Público.

La estrategia de Friedrich es utilizar a su patota para agredir permanentemente a los miembros de la Comunidad Buenuleo para sacarlos de la tierra por cansancio o desgaste, o lo que es peor, por miedo. Es muy duro vivir en peligro permanente. La estrategia de la fiscalía al minimizar las agresiones, ha desprotegido a los miembros de la comunidad, quienes viven en permanente peligro en su propio territorio.

El 21 de marzo de 2020, el Fiscal jefe de San Carlos de Bariloche, Dr. Martín Lozada, ordenó retirar la guardia policial que protegía a la Comunidad Buenuleo de sus agresores, para que se avocara a las tareas de la cuarentena en la ciudad. Pese a los reparos que se le hicieron desde la comunidad no se adoptaron medidas de protección sustitutivas, al contrario, hubo un incremento en las agresiones en contra de los miembros de la comunidad. La zona estaba liberada por la fiscalía y por la Comisaría N°42 de la ciudad.

Aproximadamente un mes después, el 29 de abril se cumplen las amenazas de la patota de Friedrich con un ataque brutal a la Ruka (casa) mapuche. Se intentó desalojar por la fuerza a la comunidad con un plan premeditado. Mientras cuatro personas golpeaban brutalmente a uno de los miembro de la comunidad, los otros dos rompían los vidrios de la vivienda y se introducían a la misma atacando a las mujeres que intentaban proteger a los seis niños y niñas que se encontraban en el interior

Como consecuencia de la desprotección y el abandono que padecen las comunidades mapuche de la Provincia de Río Negro, Ramiro Buenuleo fue golpeado con un palo en la cabeza y en su espalda, recibió un profundo corte con un arma blanca en su pierna. Fue atendido de urgencia en el Hospital Zonal de Bariloche donde le dieron 11 puntos de sutura en la pierna y 6 en la cabeza debido a las agresiones sufridas. No fue asesinado de casualidad.

Las mujeres y dos menores recibieron feroces golpes con palos en sus cuerpos. Estos últimos además fueron sometidos a una situación de violencia extremadamente traumática por el grupo de agresores.

El sistema judicial y la propiedad privada

La política criminal racista es un patrón consolidado en las instituciones judiciales de la provincia de Río Negro al momento de interpretar y aplicar la ley en conflictos territoriales indígenas. En este caso puede verse cuando la fiscalía sólo imputa a los ejecutores de la brutal agresión y no a quienes la organizaron e instigaron. No tuvieron en cuenta que la patota de Friedrich venía trabajando en el tiempo en ese sentido, porque la Fiscalía minimizó el hecho (nuevamente), lo fragmentó y quitó partes del mismo.

Friedrich y su grupo saben que no cuentan con derecho alguno sobre esta porción del territorio y es por esto que intentan despojar a la comunidad mediante actos violentos para hacerse de la tierra.

El sistema judicial de Río Negro privilegia la propiedad privada en detrimento del territorio de ocupación tradicional indígena. Con esta práctica avala los desalojos forzosos contra las comunidades originarias, prohibidos por el Convenio 169 de la OIT y por la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Pueblos Indígenas, así como por la ley 26.160 y sus prórrogas.

La inacción estatal beneficia a los sujetos poderosos que reiteran sus incursiones intimidatorias, destruyen y se apropian de los bienes, cercan territorios y violentan a las y los integrantes de las Comunidades Mapuche. Por ello, ante los incumplimientos estatales de los derechos de los Pueblos Indígenas en Río Negro, la Comunidad solicito protección ante organismos internacionales de derechos Humanos.

El 14 de mayo de 2020 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ordenó al Estado Argentino, a través de una cautelar, que adopte las medidas necesarias y culturalmente adecuadas para proteger los derechos a la vida e integridad de los miembros de la comunidad Buenuleo y que arbitre los medios necesarios para que cesen el hostigamiento y las agresiones por parte de quienes quieren apropiarse del territorio comunitario.

El problema de fondo radica en que la justicia provincial desconoce el derecho indígena. Por su falta de formación y capacitación en esta rama del derecho tratan a las comunidades como si fueran sujetos comunes y corrientes, y a los desalojos como si fueran “por no pagar el alquiler”. No tienen en cuenta su estatus de sujeto colectivo ni sus derechos específicos. La mayoría de los operadores judiciales, políticos y la propia policía provincial son racistas y monoculturales, desde su acotado punto de vista no aceptan que existe otra realidad. En muchos casos es mera ignorancia y en otros es por conveniencia y para defender ciertos intereses.

A pesar de los importantes avances que se han logrado en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas tanto a nivel internacional como interno, la cantidad e intensidad de los conflictos sociales relacionados con ellos ha aumentado considerablemente. En gran medida esto se debe a la brecha significativa que existe entre el marco normativo establecido en materia indígena y su efectiva implementación por parte de los operadores judiciales.

El 9 de septiembre pasado se desarrolló una audiencia previa a que el Tribunal de Impugnación de Río Negro decida sobre la procedencia o no del desalojo de la Comunidad Buenuleo de parte de su territorio de ocupación tradicional. Nuevamente la fiscalía solicitó que la comunidad sea desalojada haciendo oídos sordos a los planteos que sostienen la existencia de leyes nacionales y convenios internacionales que protegen y resguardan la integridad territorial de las comunidades originarias.

No comprenden que la persecución, el hostigamiento y la criminalización no son el camino para resolver los conflictos territoriales existentes. Ya es tiempo que las autoridades tomen medidas adecuadas y oportunas para investigar, proteger y prevenir las violentas acciones que sistemáticamente se producen contra las y los mapuche en el marco de sus históricas e invisibilizadas reivindicaciones.

Fuente
https://notasperiodismopopular.com.ar
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