María Lucrecia Hernández (Sures): "Todo lo que necesitas saber sobre el bloqueo contra Venezuela y sus consecuencias para l@s venezolan@s"

María Lucrecia Hernández
CRBZ
Entrevista a
María Lucrecia Hernández de la organización Sures

A medida que pasan los años se va haciendo más tangible el carácter arbitrario y criminal del bloqueo de Estados Unidos contra Venezuela. No sólo el gobierno venezolano, sino organizaciones sociales, nacionales e internacionales, se han sumado al coro de voces que así lo denuncian y que exigen la derogación de las medidas coercitivas y unilaterales de ese país en contra del pueblo venezolano.

En el contexto actual de la lucha global contra la pandemia de COVID-19 este tema ha cobrado relevancia, ya que tanto las medidas que impiden a Venezuela acceder al comercio exterior sin presiones ni persecuciones, así como el secuestro de miles de millones de dólares en bancos extranjeros, implica para el Estado venezolano un importante aumento de las dificultades para hacer frente a la pandemia.

Al respecto del bloqueo, su impacto y la respuesta para combatirlo, conversamos con María Lucrecia Hernández, activista por los derechos humanos y directora de la organización Sures.

 
Luego del tristemente célebre decreto de Obama según el cual Venezuela es una amenaza inusual y extraordinaria, ¿cómo ha sido el desarrollo del proceso de sanciones?

Lo primero que tenemos que puntualizar es que la primera medida que se dictó contra Venezuela fue la Ley 113278, que dicta el congreso de EEUU en diciembre de 2014. Esa ley es importante por ser la primera acción a partir de la cual se va a desencadenar todo el grupo de medidas coercitivas que se dictan hasta la fecha. Esta Ley establece prohibiciones y restricciones al Banco Central de Venezuela (BCV), nuestra máxima autoridad en política monetaria, y también a Petróleos de Venezuela (PDVSA), principal empresa que produce más del 95% de las divisas que requiere el país para la inversión pública.

Aparte de estas medidas contra PDVSA y contra el BCV, también va a prohibir a la ciudadanía norteamericana y a cualquier tipo de empresa que esté bajo la jurisdicción de EEUU, comercializar con el gobierno de Venezuela, so pena de incurrir en restricciones y disposiciones de sanciones contra ese tipo de personas, o contra empresas o entidades que realizan esta comercialización con el país.

A partir de ahí, se desencadenan una serie de medidas contra Venezuela. Estas medidas en Sures las diferenciamos así: del tipo formales, aquellas medidas que se dictan a través de leyes, decretos, reglamentos, se dictan a través de un acto jurídico; y del tipo de acciones de hecho, informes negativos, acciones como por ejemplo la imposición del Riesgo País, el cierre de rutas comerciales, amenazas contra el Estado y contra las empresas pero que no están sustentadas en un instrumento jurídico.

Nosotros tenemos contabilizado hasta la fecha que se han dictado 84 medidas coercitivas contra el gobierno de Venezuela. La mayoría de ellas, casi el 68% las dicta el gobierno de los EEUU, después le sigue la Unión Europea (UE) con 9 medidas, después el gobierno de Canadá con 5 medidas, Suiza con 2 y tenemos 2 medidas del grupo de Lima, 2 medidas del Reino Unido y 2 medidas del gobierno de Panamá, que es el único país en América Latina que ha impuesto una medida contra Venezuela.

A partir de ahí se empiezan a desencadenar una gran cantidad de actos, fundamentalmente liderados por el gobierno de EEUU, que los va a aplicar a través de estrategias fundamentales como las órdenes ejecutivas, que las dicta el presidente. Una la dicta Obama, que es la famosa orden ejecutiva con la cual se decreta a Venezuela como una amenaza inusual y extraordinaria contra la seguridad y la política exterior de EEUU; y después se van a dictar 7 órdenes ejecutivas más en el gobierno de Trump. Estas últimas van a tener un fuerte impacto en la compra y venta de bonos de la deuda soberana, se van a establecer restricciones a través de estas órdenes ejecutivas que son como decretos de emergencia; también contra el Petro, contra el oro, contra PDVSA. Es decir, que van atacando las áreas neurálgicas del Estado, pero también van atacando las políticas que el Estado va implementando para salir de esta situación de crisis, como por ejemplo la venta de oro o el establecimiento de una nueva criptomoneda.

Con estas órdenes ejecutivas y estos decretos de excepción que se dictan a través del gobierno de EEUU, se va habilitar otras áreas del gobierno de EEUU a dictar medidas contra el país. Como son los actos que dicta la oficina de control de activos del gobierno de EEUU, lo que se conoce por sus siglas en inglés OFAC, que va a dictar medidas contra distintas áreas, personas, empresas, buques, aeronaves, que tengan o quieran tener una relación comercial y financiera con el Estado de Venezuela.

Tenemos contabilizado que,

desde el inicio del bloqueo formal contra Venezuela, se han dictado órdenes contra 131 empresas públicas, privadas, no solamente venezolanas, sino también extranjeras que tenían relaciones comerciales con Venezuela.

Se han dictado también órdenes de restricciones también contra 56 aeronaves muchas de ellas pertenecientes a Conviasa, contra 58 buques, la mayoría trasladaban petróleo en el proceso de venta del petróleo de Venezuela hacia el mundo, como también la importación de aditivos y los productos necesarios para producir el combustible en el país.

Además, se han dictado aproximadamente más de 150 medidas contra particulares, algunos funcionarios del Estado venezolano, pero otros extranjeros dueños de empresas que tenían una relación comercial con Venezuela. Sumando todas esas, estamos hablando de más de 400 medidas o acciones que se dictan contra el gobierno de Venezuela.

 
¿Y cuál sería el impacto de todo este despliegue contra Venezuela, en términos financieros, económicos y sociales?

Ha sido muy difícil hasta la fecha poder cuantificar ese impacto. Primero, porque no existe dentro de la institucionalidad venezolana una exigencia a todas las instancias públicas para cuantificar económicamente ese daño, por ejemplo, si una factura se retuvo, o si un barco se retiene con la importación de medicinas y se le cobra más tiempo a ese barco por estar parado y eso genera un perjuicio a la república. Ese tipo de cosas se empiezan a cuantificar y a final de año se presenta un informe ante la Asamblea General de las Naciones Unidas, que dice, de manera detallada, cuánto es el perjuicio económico que el bloqueo ha causado al pueblo venezolano. En el caso de Cuba, por ejemplo, hay una ley, es decir una instrucción, con su reglamento, para ello.

En el caso de Venezuela si bien hace unos meses se dictó un decreto en esa dirección, un poco tiempo antes de la declaración de la pandemia del covid-19, todavía no se está implementando a nivel de las instituciones del Estado. Es decir, hay una cuantificación más o menos general en cuanto al impacto económico,

se habla de 130 mil millones de dólares las pérdidas totales para la economía venezolana producto del bloqueo y aproximadamente unos 7 mil millones de dólares de Venezuela que se encuentran bloqueados en más de 40 bancos internacionales.

Así, hay una primera cuantificación, pero nosotros creemos en nuestra organización que esa cuantificación es menor a la real, que es mucho más dinero. Nosotros creemos que la principal afectación a nivel social ha sido toda esta política dirigida a quebrar todo el sistema de misiones sociales, a obstaculizar el acceso de la política pública al pueblo y el desmejoramiento del sistema de salud y educación, fundamentalmente desde el 2014 hasta la fecha.

Podemos dar algunos ejemplos tomados de data internacional, por ejemplo, del Observatorio Global de Economía del Instituto Tecnológico de Massachusetts. Ese observatorio señala que para 2015 Venezuela importaba 34% de las medicinas de EEUU, el 7% de España y el 5% de Italia; en el caso de los alimentos el 33% de EEUU y el 12% de Canadá. Es decir,

tenemos en el caso de medicinas y de alimentos que más del 45% se importaba de los países que hoy nos tienen bloqueados.

Eso supone una afectación muy fuerte porque el Estado tuvo en todos estos años que rediseñar la infraestructura del sistema de importación de alimentos, crear nuevas rutas, crear nuevos socios y, obviamente, eso es más costoso, porque es más costoso importar una medicina de India o desde Turquía, que está mucho más lejos geográficamente, que hacerlo desde EEUU, México, y de aquellos Estados que están más cerca geográficamente.

Así, tuvo que haber toda una reconfiguración de los nuevos socios comerciales y eso, por supuesto es difícil, porque todas estas empresas son amenazadas por el gobierno de EEUU. Como ocurrió hace un rato con el gobierno de India que decidió no comprar más petróleo a Venezuela porque el gobierno de EEUU le estaba amenazando. Es lo que se conoce como el overcompleing, es cuando a esa persona aún no se le aplica una medida y por si acaso deja de comprar o deja de realizar esa transacción comercial ante a la amenaza de que le puede caer una sanción.

Nosotros vemos que esta afectación fundamentalmente se ha visto en la salud, se ha visto en la educación y se ha visto en la alimentación. Para dar ejemplos concretos: en el caso de la salud el Citibank en el año 2017 se niega a recibir una transacción de los fondos venezolanos para la importación de 300 mil dosis de insulinas para personas con diabetes; o en el caso NovoBank, que retiene el dinero de un programa que tiene el gobierno venezolano a través de PDVSA y de Citgo para subsidiar el transplante de médula ósea de pacientes en Italia. Hay muchos ejemplos, en el caso de la alimentación se va a atacar a los Comités Locales de Abastecimiento y Producción (CLAP), es decir, todo el entramado de importación de alimentos para las cajas CLAP ha sido atacado directamente mediante estas medidas coercitivas unilaterales.

Estas medidas también han tenido un fuerte impacto en lo que se conoce como la movilidad humana o los procesos de migración de Venezuela hacia la región. Ha ocasionado la modificación y el cambio de vida de las personas, por ejemplo, en el caso de los pacientes con enfermedades crónicas tuvieron que irse del país porque no pudieron acceder a sus medicamentos y también la movilización de personas en busca de mejores condiciones de vida para satisfacer sus necesidades básicas. Un dato central en el caso de los procesos de migración es que la curva ascendente de la implementación de medidas coercitivas desde el 2015 – 2017 – 2019 va a ser exactamente igual al incremento de las migraciones durante esos dos años; es decir que la migración va de la mano a las sanciones: a mayor aplicación de medidas coercitivas, mayores son los procesos de emigración en nuestro país.

Los movimientos sociales hemos denunciado este daño y hemos solicitado al Estado participar en este proceso de cuantificación de daños. Hemos solicitado abrir espacios para que se denuncien los impactos concretos del bloqueo en cada una de las áreas de la vida de las personas. Y, además, más allá de estas denuncias en concreto frente al Estado, nosotros hemos venido solicitando la solidaridad internacional, las campañas en contra del bloqueo, y han sido muy solidarias las organizaciones y movimientos sociales del mundo. También hemos venido denunciando en distintos espacios, fundamentalmente en el espacio multilateral de las Naciones Unidas, el bloqueo contra nuestro país, nos hemos reunido con relatores especiales, con la alta comisionada para los DDHH y hemos llevado pruebas concretas de este impacto en la vida del pueblo venezolano.

¿Cuál es el estatus actual de la lucha contra el bloqueo y cuáles son las acciones penales y políticas que se vienen haciendo para combatirlas y para defender los recursos y activos de Venezuela en el extranjero?

Es importante mencionar, ante todo, que la aplicación de medidas coercitivas, la imposición de bloqueos económicos contra los países supone, o se dirigen a limitar, obstaculizar las relaciones comerciales del país con el mundo, mediante amenazas, mediante distintas acciones, pero no supone, el robo, la confiscación de los activos de ese Estado. Es importante distinguir esa situación, que es la que estamos viviendo.

Aparte de un bloqueo y de la aplicación de medidas coercitivas, en nuestro caso tenemos por otro lado el robo, la confiscación, el embargo de los activos del Estado. Los casos más claros son Citgo, la principal filial de Petróleos de Venezuela, o el caso del oro venezolano depositado en el banco de Inglaterra.

El Estado venezolano el 13 de febrero de 2020 presentó ante la Corte Internacional Penal (CIP) una demanda, en términos jurídicos una “remisión”, para que se investiguen los delitos cometidos contra la población venezolana por parte del gobierno de los Estados Unidos, debido a la imposición de un bloqueo económico y medidas coercitivas y unilaterales, lo que eufemísticamente se conoce como “sanciones”. La Corte como ustedes saben es un tribunal de justicia internacional que juzga es a las personas acusadas de cometer crímenes como: genocidios, guerras, agresión y crímenes de lesa humanidad. Ante este tribunal internacional se interpuso esta remisión. Actualmente está en la oficina de la fiscal general de la Corte para el análisis del caso, a ver si admite la demanda o no.

Si bien el gobierno de Venezuela no identifica quién es el autor de los delitos, sí le pide a la Corte que identifique, y le hace una descripción muy detallada de cuál ha sido el impacto del bloqueo en el sistema de salud venezolano, en el acceso a los alimentos por parte del pueblo venezolano, hacia el acceso a las importaciones de medicamentos y de alimentos por parte del Estado, hacia la implementación de planes sociales y cómo estas políticas sociales a partir de 2014 han venido siendo atacadas por parte de la aplicación de estas medidas coercitivas.

Además de esta demanda del Estado, también desde los movimientos sociales, en el caso específico de la organización que yo represento, de Sures, nosotros también hemos interpuesto en el mes de junio de este año una denuncia que se suma al expediente interpuesto por el Estado y le solicitamos a la Corte que nos constituya en una figura, que la Corte admite una vez que la causa sea admitida, que es de amiciscuriae, que en castellano significa “amigos de la corte”. Es una figura en la que, si bien tú no eres parte, puedes presentar pruebas, alegaciones, presentando pruebas de lo que ha sido ese impacto en la población.

A nivel internacional hay otras dos demandas que están en este momento en curso. Una es la solicitud del Estado venezolano para la repatriación del oro que está en el Banco de Inglaterra, constituida en los tribunales ingleses. Allí el problema es que como Inglaterra interpuso medidas coercitivas contra el país, y aceptaron la autoproclamación del diputado Guaidó como presidente interino, entonces, en la jurisdicción inglesa no han reconocido al Estado venezolano como el denunciante de la causa, sino al diputado Guaidó.

La segunda es con la empresa Cristalex, que es una empresa minera canadiense que tenía una concesión aquí en Venezuela. La concesión se le revoca y esta empresa interpone una demanda por daños y perjuicios en la jurisdicción de EEUU. Similar a lo que ocurre en el caso de Inglaterra, el que va a representar al Estado venezolano es este procurador autodesignado por el diputado Guaidó, que a su vez era un empleado de la empresa Cristalex. Allí hay, obviamente, un conflicto de intereses. Eso, más allá de que con lo que se quieren cobrar esta demanda por daños y perjuicios, es con la empresa Citgo que es la filial más importante de Pdvsa.

Así, desde el punto de vista internacional hay distintas demandas que están en curso. También hay denuncias del Estado ante el sistema multilateral. Naciones Unidas se ha pronunciado a través de distintas instancias contra el bloqueo. Inclusive en el último consejo de DDHH en julio de este año, se le ha solicitado al gobierno de EEUU que cese el bloqueo contra Venezuela. También los relatores especiales de la ONU se han pronunciado en contra del bloqueo y a favor del cese de la aplicación de estas medidas coercitivas.

[1]El riesgo país es todo riesgo inherente a las inversiones y a las financiaciones en un país respecto en contraste con otro.

Fuente
http://www.crbz.org/
Categoría